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El nuevo procedimiento de la SAT para nacionalizar vehículos importados

  • Por Heidi Loarca
22 de octubre de 2022, 09:42
Los vehículos importados deben pasar por un proceso para ser nacionalizados. (Foto: archivo/Soy502)

Los vehículos importados deben pasar por un proceso para ser nacionalizados. (Foto: archivo/Soy502)

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ha emitido nuevos procedimientos para la nacionalización de vehículos importados.

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La SAT ha establecido el mecanismo para la nacionalización de vehículos procedentes del extranjero que vienen por los diferentes medios de transporte, especialmente por mar y tierra.

Para ello, la SAT publicó el viernes 21 en el Diario de Centroamérica la resolución de Intendencia de Aduanas SAT-IAD-007-2022 con el fin de regular la nacionalización de vehículos procedentes del extranjero por las diversas vías existentes: mar, aire y tierra.

Las personas interesadas deberán presentar una declaración previo a la llegada del vehículo a las aduanas y luego proceder a seguir el plan piloto de la SAT. Esto cobra vigencia a partir del 24 de octubre.

Con el objetivo de ejercer la recaudación, la SAT establece tributos que gravan el comercio exterior y administrar el sistema aduanero. La entidad se ampara en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Cauca) y su reglamento (Recauca) para establecer estas disposiciones.

La resolución es para la nacionalización de vehículos procedentes de las aduanas marítimas, en otras áreas autorizadas, por medio de la aduana de vehículos. Las "áreas autorizadas" se refiere a espacios autorizados y habilitados por el Servicio Aduanero como Aduana Central, en la División de Aduanas de la Gerencia Regional Central, donde se realizará la verificación inmediata de las mercancías y fiscalización del despacho aduanero por intermedio de la Aduana de Vehículos.

La normativa indica que las personas interesadas deben presentar una declaración de mercancías para el traslado interno con la clave de régimen 24-TO o la que en el futuro se establezca y consignar el código de la aduana de destino, que esté autorizada. Al momento de ingresar la mercancía, se debe presentar otra declaración con la clave 23-ID consignando el código de la Aduana de Vehículos (GTGUAVH).

Así mismo, en la normativa se lee que la implementación de estas disposiciones se realizará inicialmente por medio de un Plan Piloto de tres meses a partir de la vigencia de la misma en las siguientes áreas:

  • Almacenadora Integrada (Coalsa) con código G1
  • Central Almacenadora (Centralsa) con código G8

Dicho plan piloto podrá ser prorrogado por el Intendente de Aduanas. Desde el próximo lunes, 24 de octubre entran en vigencia estas medidas.

 

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