Poco antes de que se aprobaran reformas a la Ley de Tránsito, que incluye un apartado por las multas de tránsito, un diputado fue notificado por haber cometido infracciones.
EN CONTEXTO: Congreso modifica la Ley de Tránsito y regula la notificación de multas
Un total de 140 diputados votó este viernes 22 de noviembre para reformar la Ley de Tránsito y eliminar prácticas irregulares en la imposición de multas, lo cual quedó establecido en el Decreto 33-2024.
Justo después de haber aprobado la normativa, un diputado tomó la palabra y se puso como ejemplo de los afectados por las que llamó "multas fantasmas".
Se trata de Nery Mazariegos, de la bancada Visión con Valores, quien se dijo molesto porque justamente este viernes 22 de noviembre fue notificado de infracciones que habría cometido al circular por diferentes puntos de la ciudad capital.
Según contó, la primera sanción que le impusieron fue por Q502, por presuntamente no ceder el paso a los peatones en el Anillo Periférico; sin embargo, justificó que en ese sector no hay ningún paso de peatones.
Otra de las multas se la pusieron por Q225, en el columpio de Vista Hermosa, zona 15, "por no respetar las señales de tránsito del agente inspector ad honorem o inspector escolar". Nuevamente, hizo ver que en el área no hay ningún centro educativo.
"Estas son infracciones fantasmas o abusos que la gente tiene que soportar", manifestó el legislador, y añadió que con las modificaciones aprobadas tales prácticas terminarán.
Asimismo, llamó al presidente Bernardo Arévalo a sancionar la normativa, para que no haya más irregularidades en la imposición de multas a motoristas y automovilistas.
¿Qué contienen las reformas?
Uno de los puntos controversiales de la propuesta era una restricción para que las PMT impusieran multas o sanciones en rutas centroamericanas, nacionales y departamentales.
Varios alcaldes hicieron ver el problema que esto generaría, ya que prácticamente se impedía a los elementos vigilar los límites de velocidad o implementar carriles reversibles en puntos de alta carga vehicular.
Para corregir ese aspecto, en las reformas se estableció que esas instancias podrán actuar, pero antes tendrán que firmar un convenio con el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil.
En la nueva norma también se prohíben operativos de la PMT que se implementen "como medida coercitiva para garantizar el pago de una multa o infracción de tránsito".
Notificación de multas
El decreto estableció la obligación para que las autoridades de Tránsito notifiquen previamente a los conductores o propietarios de vehículos sobre sus infracciones para exigir el pago de multas.
"La notificación de cada multa debe hacerse saber en la forma legal y sin ello no podrá afectar en sus derechos a los conductores", reza la normativa, y añade que para informar sobre las sanciones, las entidades deberán utilizar medios impresos o electrónicos.
Entre los datos que deberá contener la notificación figuran:
- fecha, hora y lugar exacto de la infracción cometida
- datos del vehículo infractor tales como la placa de matrícula, el modelo y la marca
- documentos, fotografías, grabaciones de video o cualquier otro medio de prueba que respalde la infracción
- cantidad a pagar por la infracción, junto con la forma de pago y los plazos establecidos para su liquidación
- explicación clara de la infracción cometida, citando la normativa aplicable que sustenta la imposición de la multa
- procedimiento para impugnar y el plazo para realizar el pago o presentar recursos
Si las PMT no cumplieran con informar sobre la multa, esta quedaría sin efecto en un plazo de 120 días; además, el infractor podría impugnar.
Colocación de cepos
Uno de los aspectos destacados se refiere a la colocación de cepos que se usan para inmovilizar vehículos que cometieron infracciones.
Al respecto, la normativa indica que tal dispositivo deberá ser retirado cuando el conductor reciba la papeleta sobre la multa que le fue impuesta por haberse estacionado en un lugar no autorizado.
Además, se brinda la posibilidad al afectado de impugnar la sanción si considera que la multa se le aplicó de manera irregular, lo cual tendría que comprobar.
Documentos digitales
Otro de los aspectos normados es que los conductores y dueños de vehículos podrán portar su calcomanía y tarjeta de circulación en formato electrónico, un mecanismo que deberán implementar las autoridades pertinentes.
Según lo aprobado, ninguna persona podría ser multada por no llevar esos documentos en físico, siempre y cuando cuenten con la versión digital, debidamente certificada.
Para vehículos oficiales
Otra disposición está destinada a los vehículos del Estado, los cuales deberán estar identificados con el logo de la entidad a la que pertenecen.