Los diputados aprobaron un artículo, dentro del decreto de emergencia por el coronavirus Covid-19, para que quienes se atrasen en pagos de colegiaturas o cuotas de universidad no tengan inconvenientes.
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La disposición aprobada prohíbe el cobro de multas, mora, intereses o gastos administrativos por atrasos en pagos a centros educativos y universidades mientras dure el estado de calamidad.
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Estas cuotas podrán ser distribuidas proporcionalmente entre los meses que resten del año.
Para optar a este beneficio, se establece que se debe estar al día en las cuotas al momento en que la ley entre en vigencia.
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Los establecimientos educativos no podrán sancionar ni expulsar a quienes se atrasen en los pagos mientras dure la crisis por el coronavirus.