Este lunes fue publicado en el diario oficial la Ley de Aceptación de Cargos que permitirá que los delincuentes confesos acorten sus condenas.
Esta herramienta penal funciona en varios países desarrollados, peros los cambios que los diputados le hicieron la convirtieron en una ayuda para los criminales.
¿Cuál es la rebaja?
Los diputados aprobaron un cambio a última hora y establecieron que la reducción de la pena será hasta del 50%, cuando la confesión se haga en la audiencia de primera declaración.
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Si la aceptación de cargos se hace antes de iniciar el juicio, el beneficio será de una tercera parte de la condena; y si la confesión es antes de la recepción de pruebas, el beneficio será de una quinta parte.
Rebaja adicional
En la propuesta original se establecía que quienes redujeran su pena mediante aceptación de cargos no pudieran recibir una condena conmutable.
Sin embargo, los legisladores no aprobaron este párrafo y, en algunos casos, los delincuentes confesos podrán canjear su tiempo en prisión por el pago de una multa.
No deberán colaborar con el MP
En los países en los que funciona la aceptación de cargos, la rebaja de la condena se condiciona a que los delincuentes colaboren con los fiscales para desmantelar las estructuras criminales.
Sin embargo, el Decreto 10-2019 no obliga a quienes se acojan a este beneficio a colaborar con el Ministerio Público (MP) como testigos.
Facilidades de pago
Quienes quieran acogerse a la aceptación de cargos deberán pagarle al Estado o a sus víctimas, según corresponda, por los daños ocasionados por el delito.
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No obstante, los diputados incluyeron a última hora un artículo para que los delincuentes confesos puedan firmar un convenio de pago sin que se establezcan plazos límites ni montos mínimos.
¿Qué delitos están excluidos?
Los diputados incluyeron algunos delitos en los cuales no aplicará la aceptación de cargos, pero dejaron fuera un amplio catálogo de delitos que podrán recibir la reducción de condena.
Entre los delitos que no se les podrá aplicar el beneficio están genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, tortura, delitos contra los deberes de la humanidad, homicidio, parricidio, asesinato, los referentes a abusos sexuales, narcotráfico, extorsión,secuestro y aborto; entre otros.
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Mientras que entre los que sí podrán gozar del beneficio se encuentran obstaculización extorsiva del tránsito, delito que se le aplica a quienes extorsionan a pilotos de bus; asociación ilícita, que se aplica a pandilleros; o el homicidio en estado anímico violento, al cual se podría acoger un asesino argumentando que estaba fuera de sí en el momento de cometer el crimen.
¿Cuándo entra en vigencia?
El Decreto fue publicado este lunes, por lo que su vigencia empezará el 16 de enero; dos días después de que el presidente Jimmy Morales deje la Presidencia.