El pleno de diputados del Congreso de la República aprobó en tercer debate, por artículos y redacción final las reformas al Código Civil para prohibir el matrimonio de menores de 18 años de edad.
El decreto 12-2017 aprobado por los diputados deroga el artículo 84 del Código Civil. En este sentido elimina también los numerales 1 y 2 del artículo 89 del citado código.
- RECUERDA:
Con estas modificaciones, ninguna persona menor de edad podrá contraer matrimonio legalmente.
- YA LO HABÍAN APROBADO:
Cabe destacar que en 2015 el Congreso ya había hecho modificaciones al mismo artículo, sin embargo dejaba una Excepción de Edad, que decía: "De manera excepcional y razones fundadas podrá autorizarse el matrimonio en menores de edad, con edad cumplida de 16 años, de acuerdo con las regulaciones del código".
Esto también quedó anulado y no existe excepción alguna para contraer matrimonio antes de los 18 años. La ley entará en vigencia ocho días despues de su publicación en el diario oficial.