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Caso contra Elecciones: el conteo de votos que hizo el Ministerio Público

  • Por Mariana Farfán
09 de diciembre de 2023, 13:00
Estos fueron los supuestos hallazgos del Ministerio Público de irregularidades en el proceso electoral. (Foto: Archivo/Soy502)

Estos fueron los supuestos hallazgos del Ministerio Público de irregularidades en el proceso electoral. (Foto: Archivo/Soy502)

La FECI presentó estas presuntas ilegalidades cometidas por el TSE en las elecciones 2023. 

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Durante su conferencia de prensa en la que la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) presentó sus hallazgos es una investigación realizada que demostraría irregularidades durante el proceso electoral, el Ministerio Público (MP) habló del supuesto mal actuar del Tribunal Supremo Electoral (TSE) al negarle el derecho a voto a algunos ciudadanos. 

Entre sus hallazgos, mencionan supuestas ilegalidades cometidas por el personal del TSE durante la primera vuelta de elecciones, celebradas el 25 de junio del 2023. 

Estas investigación informaría de estas supuestas ilegalidades: 

  • Falta de cumplimiento de formalidades, posterior al llenado de los documentos 4, actas finales de cierre de escrutinios, pues presuntamente ningún acta contaría con un sello requerido por la Ley Electoral y de Partidos Políticos. 
  • Falta de cumplimiento de las disposiciones legales por parte de las juntas electorales municipales (JEM) en la verificación del cumplimiento de requisitos de las actas finales y de cierre de escrutinios. Según el MP, las JEM deberían no haber calificado los documentos, por lo que incurrieron en sus funciones. 
  • Falta de exactitud de los datos contabilizados toda vez que no tomaron en cuenta actas ilegibles y votos de lugares con disturbios. El MP asegura que no se tomaron en cuenta los votos que habrían sido ilegibles, siendo 22 mil 410 "potenciales votantes". 

Sobre la exactitud de los datos contabilizados, el MP aclaró su hipótesis: 

Según el MP, "si a esa cantidad de votantes le hubiera sido aplicado el porcentaje de votación de participación general de elecciones, del 60.88%, se entendería que se habría tenido la cantidad de 13 mil 577 votos válidos emitidos, entre votos válidos, asignados a partidos políticos, votos nulos, en blanco y votos nulos." 

A continuación, la Agente Fiscal Leonor Eugenia Morales Lazo detalló: "Al calificar de ilegible el acta, realmente a los que se les vedo el derecho de voto fue al 100% de las 56 mesas, por lo que se les vedó el derecho de participación por medio del no conteo a 22 mil 410 actas de votantes." 

Además, mencionan los casos donde las elecciones tuvieron que ser suspendidas y posteriormente repetidas en ciertos municipios: "En el caso de las mesas con disturbios, el hecho que las mesas no pudieron ser abiertas significa que el derecho de voto no se garantizó por parte del Tribunal Supremo Electoral, que es la entidad encargada de garantizarlo", continuó la agente fiscal. 

"En ese supuesto hay 51 mil 200 potenciales votantes que al no poder abrirse las mesas electorales como un mínimo, le fue vedado el voto al 60% de los potenciales votantes, es decir, 31 mil 22 votos, en todo caso a no emitirse el voto al 100% de los votantes de dichas mesas. En los demás casos dichos, sea de paso, no contemplan razón de no haber sido contabilidazas, se está hablando de un nuevo universo de potenciales votantes con una cantidad de votos de 38 mil 954 votos, por lo que aplicándole el porcentaje indicado del 60%, serían 23 mil 601 votantes mínimo adicionados a los votos válidamente emitidos." 

"Quedaron 291 mesas electorales pendientes de contabilizar en el TREP, es decir, 112 mil 566 potenciales votantes, según los cálculos anteriores, falta cómo mínimo adicionar los votos del TREP la cantidad de 68 mil 200 potenciales votantes, potenciales votos válidamente emitidos. Significando que el dato indicado en el acuerdo 1285-2023 del TSE no es ni definitivo ni certero", explicó Morales sobre la falta de exactitud de los datos contabilizados. 

"Las resoluciones no 257-2023, 258-2023, 2060, 2061, 2062 del TSE fueron emitidas en completa violación del artículo 157 de la Constitución Política de la República de Guatemala.", explicó Morales Lazo.

El razonamiento del MP sería que para la fecha 10 de junio del presente año el TSE indicó que al no haberse llevado a cabo las elecciones generales el 25 de junio en los municipios de San José del Golfo (Guatemala), San Martín Zapotitlán (Retalhuleu), Yepocapa (Chimaltenango), San Pablo Jocopilas (Suchitepéquez), San Bartolome (Jocotenango), en sus resoluciones indicaba que las mismas debían convocarse únicamente para la elección de corporación municipal. 

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Estos serían los municipios que realizaron sus votos para corporación municipal en la segunda vuelta de elecciones. (Foto: MP)

Así mencionan que los "posibles votantes" de estos municipios no pudieron participar en las elecciones para el resto de papeletas. 

TSE y la custodia de los votos

Esta investigación derivó de los allanamientos realizados el 12 y 29 de septiembre en las inst alaciones del Centro de Operaciones del Proceso Electoral (COPE) y el TSE, donde fiscales del Ministerio Público se llevaron las cajas que contenían los votos de los guatemaltecos. 

El 12 de septiembre, Gloria López, directora electoral, mencionó que "al salir las cajas fuera de nuestra custodia, nosotros ya no podemos asegurar nada sobre el contenido de las mismas".

Este fue un evento sin precedentes, pues el escrutinio de votos era "exclusivo de las juntas receptoras de votos". Además, narró que no podrían "asegurar que son exactamente los votos que están ahorita en las cajas electorales y que es exactamente la cantidad de firmas y huellas que están en el padrón electoral". 

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