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Congreso aprueba ley que favorece a ganaderos y crea nuevo impuesto

  • Por Karla Gutiérrez
19 de noviembre de 2024, 21:40
Representantes del sector ganadero repartieron gorras entre los diputados y agradecieron el apoyo para la ley que los favorece. (Foto: Wilder López/Soy502)

Representantes del sector ganadero repartieron gorras entre los diputados y agradecieron el apoyo para la ley que los favorece. (Foto: Wilder López/Soy502)

Ganaderos llegaron al Palacio Legislativo y celebraron la creación del impuesto a la confianza tributaria.

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El Congreso de la República aprobó una ley que cambiará el régimen tributario del país, mediante la creación de un nuevo impuesto, el cual beneficiaría al sector ganadero.

Para asegurar el apoyo de los diputados, representantes de los ganaderos repartieron gorras en el hemiciclo parlamentario y presenciaron el desarrollo de la sesión plenaria de este martes 19 de noviembre.

Cada diputado recibió una gorra para mostrar su apoyo a la nueva ley. (Foto: Wilder López/Soy502)
Cada diputado recibió una gorra para mostrar su apoyo a la nueva ley. (Foto: Wilder López/Soy502)

Un total de 119 diputados votaron a favor de la normativa, la cual está contenida en el Decreto 31-2024, Ley para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario. 

Esta norma distintas tasas impositivas que deben cancelar al Fisco las personas que se dedican a la actividad ganadera.

Meses atrás, el proyecto generó el rechazo de comerciantes y artesanos que venden sus productos en los mercados, pues originalmente se les incluía como sujetos obligados del nuevo impuesto, que se denomina a la confianza tributaria.

Sin embargo, después de múltiples reuniones se lograron acuerdos y se hicieron cambios para no afectarlos.

Vendedores de distintos mercados lograron que se les dejara fuera del pago del Impuesto a la Confianza Tributaria. (Foto: Archivo/Soy502)
Vendedores de distintos mercados lograron que se les dejara fuera del pago del Impuesto a la Confianza Tributaria. (Foto: Archivo/Soy502)

Así quedó

La citada ley establece la creación de dos regímenes especiales de tributación simplificada. El primero se aplicaría a quienes se dediquen a actividades de agricultura y artesanías, que vendan sus productos en supermercados, centros de acopio, restaurantes y mercados cantonales y municipales.

Para quedar inscritos en ese mecanismo de tributación, su monto de ventas brutas no tendría que exceder los 3,500 salarios mínimos en todo el año, el cual equivaldría a Q12.1 millones.

A ellos les correspondería pagar un impuesto equivalente al 1.5% del importe de sus ventas brutas con carácter de pago definitivo. Entretanto, los exportadores de los artículos mencionados pagarían el 2%.

Empero, se excluye de tales obligaciones a los "vendedores finales de los productos del sector primario", entre los que figuran granos, vegetales, verduras y madera, por mencionar algunos.

Fuente: Decreto 31-2024
Fuente: Decreto 31-2024

Impuesto para ganaderos

Un segundo régimen se destinaría a personas individuales o jurídicas dedicadas a la producción y comercialización de productos de los sectores pecuario, hidrobiológico y apícola.

En este se registraría a quienes se dedican a actividades de crianza, engorde, desarrollo, producción, faenado, sacrificio, transformación e intermediación de tales productos y cuyo destino sea su venta en supermercados, mercados cantonales, municipales y centros de acopio.

El proyecto indica que el sector tendría que pagar un impuesto equivalente al 1.5% sobre el importe de sus ventas brutas, ya sea dentro o fuera de la finca o áreas de producción, con carácter de pago definitivo.

La propuesta incluye la aplicación de un régimen tributario específico para el sector ganadero. (Foto: Archivo/Soy502)
La propuesta incluye la aplicación de un régimen tributario específico para el sector ganadero. (Foto: Archivo/Soy502)

Además, el tributo para los intermediarios de productos bovinos tendrían que cancelar el 10% sobre sus utilidades y los exportadores tendrían que cumplir con el 2% sobre lo que obtengan de sus ventas brutas, cuando se realicen en pie.

Para no afectar a los vendedores finales de los productos pecuarios, en la ley se indica que ese sector queda excluido del pago del impuesto. Lo mismo ocurre con quienes están afectos al impuesto al valor agregado (IVA), por trabajar para grandes compañías.

Fuente: Decreto 31-2024
Fuente: Decreto 31-2024

¿Cuándo estará vigente?

Según lo aprobado por los diputados, la normativa cobrará vigencia cuatro meses después de su publicación en el diario oficial. Para entonces, se modificará la Ley del IVA, para dar paso a la nueva manera de tributar.

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