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Las razones por las que las autoridades pueden consignar licencia de conducir

  • Por Verónica Gamboa
09 de octubre de 2024, 12:15
Estas son las razones por las que las autoridades pueden consignar la licencia de conducir, tanto a motoristas como a los automovilistas. (Foto ilustrativa: Archivo/Soy502)

Estas son las razones por las que las autoridades pueden consignar la licencia de conducir, tanto a motoristas como a los automovilistas. (Foto ilustrativa: Archivo/Soy502)

Estas son las razones por las que las autoridades pueden consignar la licencia de conducir a los automovilistas y motoristas. 

EN CONTEXTO: Los documentos que deben portar los conductores a partir de este martes

Desde el vencimiento del pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV), las autoridades de tránsito realizan operativos de verificación tanto en la Ciudad de Guatemala, como en otros departamentos del país.

Por ello, los conductores tanto de carros como de motos deben portar la documentación impresa requerida: pago del ISCV y la tarjeta de circulación vigente, en caso de que sea de las que vencen anualmente. Así como la licencia de conducir vigente.

Esto para evitar ser multados por no portar el pago del ISCV y hasta la consignación del vehículo por no tener la tarjeta de circulación vigente; así como una multa de Q500. Durante los operativos, las autoridades también pueden consignar la licencia de conducir. 

¿Cuándo pueden retener o consignar la licencia?

De acuerdo con la Ley de Tránsito en su artículo 175, estas son las 5 razones por las que las autoridades de tránsito pueden retener o consignar la licencia de conducir:

a) Mientras se llevan a cabo las pruebas de alcoholemia y/o influencias de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Si estas pruebas resultaran negativas, sin más trámite se devolverán los documentos, el vehículo y el conductor podrá circular libremente. En caso resulten positivas las pruebas, la autoridad de tránsito, pondrá a disposición de la Policía Nacional Civil al conductor, el vehículo y sus documentos. 

b) Cuando el conductor porte licencia vencida, falsificada o alterada.

c) Al conductor involucrado en un hecho de tránsito en el cual resulten lesionados o fallecidos.

d) Al conductor implicado en un hecho de tránsito en el cual se ocasione daños a la propiedad ajena, salvo que mediante acuerdo ofrezca la reparación inmediata. En todo caso, este acuerdo deberá celebrarse ante un Notario. 

e) Al conductor que circule en un vehículo sin portar tarjeta de circulación o fotocopia autenticada de la misma. 

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Licencia vencida

De acuerdo con Brenda Santizo, portavoz del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), la multa por no portar licencia de conducir es de Q200. 

Mientras que la multa es de Q300 y consignación de licencia por tenerla vencida y una multa de Q400 por no tener licencia de conductor. 

Además, para los motoristas que no utilizan casco protector, la multa que les puede ser impuesta es de Q500, explicó Santizo. 

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