El reglamento del Ministerio de la Defensa busca determinar los procesos para esclarecer los incidentes ocurridos en aguas guatemaltecas.
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El Ministerio de la Defensa Nacional (Mindef) publicó este martes 6 de junio en el en el Diario de Centro América, el Acuerdo Ministerial 19-2023, que contiene el Reglamento para la investigación de siniestros y sucesos marítimos.
El nuevo reglamento busca regular la investigación de los sucesos y siniestros marítimos que hayan sido provocados por buques, embarcaciones o artefactos navales de bandera nacional o extranjera que se produzcan en los espacios acuáticos soberanos y jurisdiccionales, con la finalidad de determinar las causales y recomendar las medidas necesarias para prevenir casos similares en el futuro e incrementar la seguridad de la navegación.
Según el artículo 3 del reglamento, la Dirección General de Capitanías de Puerto del Ministerio de la Defensa Nacional, será la encargada de la correcta implementación y ejecución del presente reglamento, de acuerdo al ámbito de su competencia.
¿Cómo serán investigados?
De acuerdo con el artículo 6 del presente reglamento, el Ministerio de la Defensa Nacional previo dictamen de la Dirección General de Capitanías de Puerto, deberá de coordinar con el Estado o Estados con intereses de consideración y que ejerzan su derecho de llevar a cabo su propia investigación sobre seguridad marítima, la secuencia cronológica de sus investigaciones a fin de evitar la imposición de exigencias incompatibles, a los testigos y facilitar el acceso a las pruebas en la medida de lo posible.
Así también, el Mindef es el encargado de las investigaciones marítimas en representación del Estado de Guatemala.
En la misma, los investigadores son nombrados por el Ministro de la Defensa Nacional.
Según el artículo 22 del acuerdo, en caso ocurrieran siniestros graves o leves, la información recibida durante la notificación inicial debe ser suficiente para que la Dirección General de Capitanías de Puerto del Ministerio de la Defensa Nacional, realice la evaluación sobre la gravedad del suceso y la necesidad de realizar una investigación.
Deberá determinar a partir de la notificación si el siniestro cumple con los criterios de un siniestro grave (pérdida humana, pérdida de un buque o contaminación grave) según lo definido en el presente reglamento.
Si los datos de la notificación sugieren que ha ocurrido un siniestro leve, se procede a realizar una investigación de seguridad. Si se investiga un siniestro o suceso leve, se debe actuar con la misma premura con que se haría ante un siniestro grave.
Estas son las consideraciones que se debe tomar en cuenta en caso de siniestro o suceso marítimo al momento de decidir si se debe realizar una investigación:
El artículo 23 del reglamento, detalla que la Dirección General de Capitanías del Puerto del Ministerio de la Defensa Nacional, tuviere conocimiento de un siniestro o suceso marítimo; posterior al análisis considera que es un siniestro o suceso marítimo muy grave, informará al Ministerio de la Defensa Nacional y propondrá la conformación del equipo investigador, nombrando al investigador y ordenará el inicio de la investigación técnica.
Evaluación preliminar: si los datos de la notificación sugieren que ha ocurrido un siniestro o suceso muy grave, se procede a realizar una investigación de seguridad marítima.
Estas son las consideraciones que se deben tomar en cuenta en caso de siniestro o suceso muy grave, siendo las siguientes:
El presente Acuerdo empieza a regir un día después de su publicación en el Diario Oficial de Centroamérica y deberá darse a conocer en la Orden General para Oficiales del Ejército de Guatemala.