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Condenados por violación podrían elegir entre ser castrados o cárcel

  • Por José Miguel Castañeda
31 de agosto de 2016, 07:15

Una iniciativa de ley reabrió el debate entre quienes buscan condenas más severas para los delincuentes y quienes sostienen que castigos como la mutilación representan un retroceso en el respeto a los derechos humanos.

De lograr aprobarse la iniciativa, los condenados por violación podrían elegir entre cumplir condenas de prisión de hasta 25 años o ser castrados quirúrgicamente y obtener libertad condicional. 

Actualmente la pena máxima para los violadores es de doce años, aunque si existe un agravante como que el abuso se haya perpetrado entre dos o más personas, el violador sea familiar de la víctima o su maestro, la condena puede ser hasta de 20 años.

  • MIRA AQUÍ:

La propuesta del diputado José Hernández de la Unión del Cambio Nacional (UCN) es que la condena por violación sea de 15 años y en caso de que exista un agravante se incremente en dos terceras partes, es decir que podría llegar a ser de hasta 25 años.

Estos son los castigos por violación contemplados en el Código Penal. (Foto: captura de pantalla/Código Penal)
Estos son los castigos por violación contemplados en el Código Penal. (Foto: captura de pantalla/Código Penal)

Sin embargo, deja abierta la posibilidad para que los violadores elijan si cumplen la condena en prisión o si les son extirpados los testículos para ser beneficiados con arresto domiciliario. Aunque en caso de reincidencia, la condena automática sería la castración quirúrgica y los años de prisión que determine el juez.

  • ADEMÁS:

Hernández señala que en los países “en los que se aplica la castración, los índices de reincidencia son del 10%, mientras que en Guatemala la reincidencia es de entre 85% y 95%”, por lo que considera urgente modificar el Código Penal para evitar más abusos.

Este es el artículo de la Constitución Política de la República referente a los derechos de los privados de libertad. (Foto: captura de pantalla/Constitución Política de la República)
Este es el artículo de la Constitución Política de la República referente a los derechos de los privados de libertad. (Foto: captura de pantalla/Constitución Política de la República)

El abogado constitucionalista, Alejandro Balsells considera que esta propuesta es ilegal porque violaría los convenios internacionales en materia de derechos humanos suscritos por el Estado.

  • TE PUEDE INTERESAR:

El Director Ejecutivo de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG), Nery Rodenas, afirma que esta propuesta es ilegal y la califica como medieval por considerar que “se estaría regresando a la justicia de 'ojo por ojo'”.

  • RECUERDA:

El artículo 19 de la Constitución Política de la República prohíbe que los privados de libertad sean sometidos a torturas físicas o tratos denigrantes a su dignidad, entre lo que podría incluirse la castración quirúrgica.

En 2014, la iniciativa de castración química fue rechazada por considerarla inconstitucional. (Foto: captura de pantalla/Dictamen 13-2014)
En 2014, la iniciativa de castración química fue rechazada por considerarla inconstitucional. (Foto: captura de pantalla/Dictamen 13-2014)

En 2012, el entonces diputado Fernando García Gudiel propuso reformar el Código Penal para castrar químicamente a los violadores. Sin embargo, su iniciativa fue rechazada por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales por considerar que atenta contra la Carta Magna.

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