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Irtra explica por qué los colegios ya no cuentan con el beneficio

  • Por Jessica Osorio
06 de septiembre de 2024, 13:21
Los parques del IRTRA son reconocidos a nivel mundial. (Foto: Cortesía/Soy502)

Los parques del IRTRA son reconocidos a nivel mundial. (Foto: Cortesía/Soy502)

El Irtra enfatizó que cobrar este impuesto a colegios va en contra de la Constitución. 

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El Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala (Irtra) explicó en un comunicado de prensa, que la Constitución Política de la República de Guatemala establece quiénes están exentos del pago de impuestos y esto incluye al sector educativo, colegios y universidades.

"Por esta razón, el Irtra o cualquier institución, incluyendo al Gobierno, no puede cobrarle un impuesto al sector educativo del país", se lee en el documento. Además,  argumentan que la institución fue fundada por iniciativa de empresas privadas para proveer a sus trabajadores de una recreación sana y familiar.

Este es el comunicado emitido por las autoridades del IRTRA para explicar la situación a los afectados. (Foto: IRTRA/Soy502)
Este es el comunicado emitido por las autoridades del IRTRA para explicar la situación a los afectados. (Foto: IRTRA/Soy502)

Esto es lo que dictan los artículos de la constitución referidos. 

El artículo 73 de la Constitución indica que los centros educativos privados como centros de cultura, gozarán de la exención de toda clase de impuestos y arbitrios. (Foto: Captura de pantalla/Soy502)
El artículo 73 de la Constitución indica que los centros educativos privados como centros de cultura, gozarán de la exención de toda clase de impuestos y arbitrios. (Foto: Captura de pantalla/Soy502)

En el apartado de exenciones y deducciones de impuestos, la Carta Magna indica que serán deducibles del impuesto sobre la renta neta gravada por el Impuesto Sobre la Renta (ISR), las donaciones que se otorguen a favor de universidades, entidades culturales o científicas.

"Una decisión difícil"

El Congreso reformó en abril de este 2024 la Ley del Irtra. En redes sociales trascendió una polémica porque se mencionaba que en dicha modificación, se eliminó el pago de este impuesto por parte de los colegios. Sin embargo, ese tema no fue incluido en el cambio que hizo el Legislativo. 

Jorge Mario Chajón, asesor del Irtra, expuso en una entrevista que con la oportunidad de aplicar la reforma, se revisó toda la normativa y surgió algo que, pese a aplicarse durante muchos años, no estaba apegado a la Constitución y es el tema de cobrar impuesto a los colegios.

"No estábamos actuando en ley, de acuerdo con la Constitución", manifestó y a partir de ahora hay varias entidades que no tendrán que pagar más ese impuesto, por lo tanto, no tendrán derecho al carné del Irtra. Entre los más fuertes son los colegios privados y las cooperativas.

"Cuando hicimos la revisión de toda la normativa vimos que estábamos cometiendo un error al estar cobrando ese impuesto", destacó y reconoció que tomar esa decisión "ha sido de lo más difícil que se ha tenido que hacer", incluso describió que es de las cuestiones que más tiempo se han tomado para analizar. Sin embargo, la conclusión es que se trata de un tema regulado en la Constitución.

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