Principales Indicadores Económicos

¿Qué pasará con los cepos derivado de las reformas a la Ley de Tránsito?

  • Por Jessica Osorio
24 de noviembre de 2024, 09:45
La recién aprobada reforma a la Ley de Tránsito también incluye disposiciones relativas a los cepos. (Foto: Archivo/Soy502)

La recién aprobada reforma a la Ley de Tránsito también incluye disposiciones relativas a los cepos. (Foto: Archivo/Soy502)

En la reforma a la Ley de Tránsito recién aprobada por el Congreso se incluyeron cambios respecto a la colocación de cepos.

OTRAS NOTICIAS: ¿Pueden retener mis documentos a partir de las reformas a la Ley de Tránsito?

Luego de la aprobación en el Congreso de la República de un pliego de reformas a la Ley de Tránsito, hay disposiciones respecto a la colocación de cepos que aplicarán al momento de cobrar vigencia el decreto en mención.

Por ejemplo, se dispuso que a quienes se les coloque cepo, este tendría que ser retirado una vez el conductor o dueño del automotor haya sido notificado de que cometió una falta. 

Los cepos son dispositivos que paralizan los vehículos estacionados en áreas prohibidas.  (Foto: Archivo/Soy502)
Los cepos son dispositivos que paralizan los vehículos estacionados en áreas prohibidas. (Foto: Archivo/Soy502)

"Los cepos se liberarán cuando el conductor reciba la papeleta de aviso de imposición de la multa, que constituirá el acto de notificación de imposición de multa y se presente el encargado para la liberación inmediata", indica el artículo, incluido como parte de una enmienda a la iniciativa de ley previo a su aprobación.

Respecto a las notificaciones, al reforma dispuso que deben incluir fecha, hora y lugar exacto de la infracción cometida; datos del vehículo: placa de matrícula, el modelo y la marca; documentos, fotografías, grabaciones de video o cualquier otro medio de prueba que respalde la infracción, así como la cantidad a pagar, forma de pago y los plazos para su liquidación.

Asimismo se debe consignar una explicación clara de la infracción cometida, citando la normativa aplicable que sustenta la imposición de la multa y el procedimiento para impugnar y el plazo para realizar el pago o presentar recursos.

Otras disposiciones

Con la reforma en mención, las autoridades municipales de tránsito no podrán imponer multas en rutas centroamericanas, nacionales y departamentales, a menos que las policías municipales establezcan acuerdos con el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil.

La disposición incluye que no se podrán colocar retenes en estas rutas con el objetivo de exigir pago de multas.

En el caso de los retenes, el Congreso aprobó que está prohibido colocarlos sólo con el firme propósito de imponer multas. (Foto: Archivo/Soy502)
En el caso de los retenes, el Congreso aprobó que está prohibido colocarlos sólo con el firme propósito de imponer multas. (Foto: Archivo/Soy502)

Las municipalidades tendrán 120 días para notificar al propietario por medios electrónicos o impresos sobre las multas obtenidas, acompañando la notificación de las pruebas sobre la infracción cometida, con fecha, hora, imágenes y cualesquiera otros elementos.

Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
cerrar