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Estas son las empresas autorizadas a laborar sin pedir permiso

  • Por Jessica Gramajo
17 de marzo de 2020, 15:29
El presidente Alejandro Giammattei suspendió labores en entidades privadas y públicas, pero algunas sí pueden continuar con sus labores, como las farmacias. (Foto: Archivo/Soy502)

El presidente Alejandro Giammattei suspendió labores en entidades privadas y públicas, pero algunas sí pueden continuar con sus labores, como las farmacias. (Foto: Archivo/Soy502)

Luego que se oficializó que Guatemala tenía seis casos de coronavirus COVID-19, el Gobierno emitió varias medidas de precaución. Una de ellas fue suspender labores en los establecimientos privados y públicos, con algunas excepciones.

El anuncio fue hecho por el presidente Alejandro Giammattei la noche del lunes, pero muchas dudas surgieron y conforme ha avanzado el tiempo, el Gobierno ha informado sobre excepciones y permisos que pueden otorgarse.

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El Ministerio de Economía informó que "hay empresas autorizadas a trabajar que son catalogadas como fundamentales para hacer frente a la emergencia" generada por el COVID-19.

Empresas autorizadas

  1. Las farmacias y los servicios básicos esenciales relacionados, así como la industria farmacéutica, droguerías y empresas dedicadas a la producción de desinfectantes y productos de higiene y salud.
  2. Expendios de combustibles y derivados, así como sus distribuidores.
  3. Mercados, supermercados, abarroterías y tiendas de barrio.
  4. Restaurantes con autoservicios, quienes podrán brindar atención únicamente por ventanilla.
  5. Cocinas de restaurantes que tengan servicio a domicilio y empresas que se dediquen al servicio a domicilio.
  6. Hoteles para alojamiento y alimentación en la habitación de sus huéspedes, bajo su estricta responsabilidad.
  7. Empresas de servicios de seguridad privada y transporte de valores.
  8. Bancos y cooperativas de ahorro y crédito utilizando para ello servicios especiales o autoservicio
  9. Servicios de extracción de basura públicas o privadas.
  10. Industria agroalimentaria incluidos los centros de distribución de alimentos y bebidas.
  11. Industria agropecuaria, labores agrícolas de recolección y empresas de agroquímicos.
  12. Industria dedicada a la producción de energía.
  13. Las empresas de telecomunicaciones empresas proveedoras de internet y los medios de comunicación específicamente radio, televisión, medios escritos y empresas de cable.
  14. El transporte humanitario
  15. Suministros y transporte de agua.

Requisitos

Sin embargo, todas las empresas deberán cumplir con varios requisitos para operar. Uno de ellos, es informar al Ministerio de Economía a través de un formulario donde se solicita información sobre los empleados.

  1. Facilitar gel antibacterial a todos sus empleados.
  2. Asegurar los servicios sanitarios para todos sus empleados.
  3. Brindar información relacionada con la prevención de contagio del coronavirus COVID-19.
  4. Facilitar servicios de salud en la planta de producción.
  5. Nombre del responsable de los servicios médicos.
  6. Disponer del listado de empleados, con direcciones y teléfonos en su caso, para asegurar la trazabilidad en caso algún empleado presente síntomas relacionados con el COVID-19.
  7. Comunicar inmediatamente a los teléfonos 1517 o 1540 si algún empleado muestra síntomas relacionados con el COVID-19 y facilitar la atención médica necesaria, de conformidad con los protocolos comunicados por las autoridades gubernamentales.

Si alguno de los empleadores incumple con las medidas establecidas, pueden ser objeto de denuncia ante el Ministerio de Trabajo.

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