El Gobierno autorizó la reapertura controlada de iglesias y la realización de algunos eventos religiosos a partir de este lunes 27 de julio tras la divulgación de las disposiciones en el sistema de alertas por colores en el Tablero Covid-19.
De acuerdo con las disposiciones, los servicios religiosos como bautizos y matrimonios estarán permitidos. La condición es que deben realizarse con un aforo de 10 personas y con una duración máxima de 30 minutos.
Las concentraciones religiosas están prohibidas, así como las reuniones de oración o congresos.
Cuando el municipio pase a un estado de emergencia anaranjado, se permitirán los servicios religiosos con un aforo de 4 metros cuadrados de distancia por persona. La duración deberá ser de 30 minutos a una hora, tomando medidas como mantener las puertas y ventanas abiertas.
Para estos servicios se excluyen a personas de alto riesgo o mayores de 60 años. En todos los casos es obligatorio el uso de mascarilla.
Nuevas disposiciones
El Gobierno de Guatemala anunció las nuevas disposiciones para la reapertura gradual del país que comenzarán a regir desde este lunes 27 de julio en todo el país.
- Descarga las disposiciones aquí:
Aunque el departamento de Guatemala, así como 158 municipios en el país se encuentran en rojo según el tablero, se permitirán algunas actividades religiosas.
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