El Gobierno autorizó la reapertura controlada de iglesias y la realización de algunos eventos religiosos a partir de este lunes 27 de julio tras la divulgación de las disposiciones en el sistema de alertas por colores en el Tablero Covid-19.
De acuerdo con las disposiciones, los servicios religiosos como bautizos y matrimonios estarán permitidos. La condición es que deben realizarse con un aforo de 10 personas y con una duración máxima de 30 minutos.
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Las concentraciones religiosas están prohibidas, así como las reuniones de oración o congresos.
Cuando el municipio pase a un estado de emergencia anaranjado, se permitirán los servicios religiosos con un aforo de 4 metros cuadrados de distancia por persona. La duración deberá ser de 30 minutos a una hora, tomando medidas como mantener las puertas y ventanas abiertas.
Para estos servicios se excluyen a personas de alto riesgo o mayores de 60 años. En todos los casos es obligatorio el uso de mascarilla.
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Nuevas disposiciones
El Gobierno de Guatemala anunció las nuevas disposiciones para la reapertura gradual del país que comenzarán a regir desde este lunes 27 de julio en todo el país.
- Descarga las disposiciones aquí:
Aunque el departamento de Guatemala, así como 158 municipios en el país se encuentran en rojo según el tablero, se permitirán algunas actividades religiosas.
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