La SAT dio a conocer cuánto tienen que pagar los contribuyentes por concepto de circulación de vehículos para este 2025.
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Cada año, los propietarios de vehículos deben cancelar el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos y las autoridades de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ya publicaron la tabla correspondiente con los montos según la marca y modelo.
El trámite se debe hacer a través del sistema Declaraguate por medio del formulario SAT-4091, documento en donde se ingresa la información requerida, misma que debe validarse y congelarse previo a su impresión.
Al concluir el proceso en mención, el monto se puede cancelar en una ventanilla bancaria, banca en línea o en un cajero automático 5B, siempre y cuando se trate de un cuentahabiente de Banrural en el último caso.
Dicho tributo está incluido en la Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos (Decreto 70-04), la cual establece que la recaudación se reparte entre municipalidades (para mantenimiento, mejoramiento, construcción y/o ampliación de calles, entre otros), fondo común y otras instituciones según el tipo de automotor.
Los contribuyentes podrán pagar dicho impuesto a partir de enero de 2025 hasta julio de ese año. Pese a que el Congreso aprobó una prórroga este 2024 para ampliar la fecha en que vencía el plazo para cancelarlo, esto fue por única vez.
En este apartado puedes consultar la tabla correspondiente: