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CC declara que asuetos del 1 de mayo y 20 de octubre no se corran

  • Por José Miguel Castañeda
16 de abril de 2020, 17:28
Este cambio se debe a una acción de inconstitucionalidad planteada por un sindicato. (Foto: Archivo/Soy502)

Este cambio se debe a una acción de inconstitucionalidad planteada por un sindicato. (Foto: Archivo/Soy502)

Los descansos del 1 de mayo y del 20 de octubre ya no se correrán, luego de que la Corte de Constitucionalidad (CC) diera con lugar un recurso de sindicalistas.

La CC declaró con lugar una acción de inconstitucionalidad general parcial planteada por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Industria de Café, Sociedad Anónima, Anexos y Conexos (Sitinca), que exigía que estas dos fechas no se corrieran, debido a que son importantes para la realización de marchas sindicales.

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En su resolución los magistrados determinaron que los asuetos del 1 de mayo (Día del Trabajo) y del 20 de octubre (Día de la Revolución), deben quedar entre las exclusiones a la más reciente reforma a la Ley de Turismo Interno, aprobada en 2018.

La Ley de Turismo Interno tiene por objetivo correr los asuetos hacia el lunes o el viernes, a modo de crear fines de semana largos y que ello incentive a los guatemaltecos a viajar dentro del país.

Sin embargo, se habían estipulado algunas exclusiones entre los asuetos. De tal forma, en la práctica únicamente se tomaban en cuenta para esto los asuetos del Día del Ejército (30 de junio) y las dos fechas anteriores.

Con esta reforma, se aprobó que los dos descansos referidos y el del 30 de junio, Día del Ejército, se correrían a lunes; cuando el asueto fuera martes o miércoles, el descanso se gozaría el lunes anterior, mientras que si la fecha festiva cae jueves, viernes, sábado o domingo, el día de descanso se gozaría el siguiente lunes.

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Sitinca argumentó que al correr los dos descansos se vulneran los derechos de reunión y manifestación, porque esas fechas se conmemoran con caminatas pacíficas.

En el fallo definitivo, la CC exhorta a los diputados a hacer una nueva reforma para incluir el Día del Trabajo y el Día de la Revolución entre las excepciones.

Sin embargo, el departamento de Comunicación de la CC aclaró que a partir del día siguiente en que se publique la sentencia "se deberá entender que los asuetos del 1 de mayo y del 20 de octubre también están incluidos dentro de las excepciones de dicha ley".

Este año, esa ley correría los asuetos del 30 junio para el lunes 29, mientras que el del 20 de octubre sería corrido también un día antes. En cuanto se publique, el Día de la Revolución se descansará ese día, es decir, que para el 2020 será en martes.

Para el 1 de mayo, no afectará este año, ya que esa fecha cae en viernes este año.

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"Es decir que los asuetos del 1 de mayo y del 20 de octubre deben tomarse en esos días, no pueden correrse", añade la CC.

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