La vigencia del salario mínimo diferenciado decretado para cuatro municipios del país, quedó suspendida por resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC), que aceptó un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Procurador de Derechos Humanos.
El secretario de la CC, Martín Guzmán, explicó que cuatro de siete magistrados que conocieron el recurso, consideran que la disposición decretada por el Ejecutivo “es notoriamente inconstitucional y podría causar gravámenes irreparables”.
Los municipios donde se fijó la remuneración diferenciada son: San Agustín Acasaguastlán y Guastatoya, en El Progreso, así como Masagua, en Escuintla y Estanzuela, en Zacapa.
La medida durará hasta que se resuelva en definitiva el recurso, momento en que se confirmaría la inconstitucionalidad, aunque el fallo podría cambiar.
Los magistrados que votaron a favor de la suspensión son: Mauro Chacón, Gloria Porras, Juan Carlos Medina y Héctor Trujillo.
Los magistrados que estuvieron a favor de mantener la disposición gubernamental son: Alejandro Maldonado, Héctor Pérez Aguilera y el presidente de la CC, Roberto Molina Barreto.
PDH dice que es ilegal
El Procurador de Derechos Humanos presentó la inconstitucionalidad al considerar que la medida dada a conocer por el presidente Otto Pérez “vulnera el derecho de igualdad y derechos adquiridos en materia laboral”.
Esta es la segunda acción que conoce la CC; semanas antes dio a conocer su rechazo a un amparo presentado por una organización sindical.