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PLP y Zury Ríos: una posibilidad que se escapa

  • Por Soy502
30 de enero de 2015, 08:52
La participación de Zury Ríos como candidata la presidencia aún no es segura, debe sortear algunos obstáculos primero. (Foto: Wilder López/Soy502)

La participación de Zury Ríos como candidata la presidencia aún no es segura, debe sortear algunos obstáculos primero. (Foto: Wilder López/Soy502)

El Partido Libertador Progresista (PLP) invitó el pasado 15 de enero a Zury Ríos a ser su candidata a la presidencia. Ella no ha respondido hasta hoy a esa propuesta de forma oficial o pública. 

Sin embargo, ambas partes de esta probable unión, que buscaría colocar a una mujer como presidenta de Guatemala por primera vez en la historia, enfrenta desafíos que se ven difíciles de sortear. Por un lado, el PLP lucha en estos últimos días por alcanzar el número mínimo de afiliados para participar en las elecciones; por otro, Ríos todavía tiene que dirimir su situación legal, ya que algunos constitucionalistas aseguran que ella tendría impedimentos para optar a la primera magistratura del país.

PLP y su esfuerzo que no alcanza

El próximo lunes 2 de febrero vence el plazo para presentar afiliados ante el Tribunal Supremo Electoral. Para poder participar en las Elecciones Generales de 2015, cada partido político debe contar con, como mínimo, 22 mil 023 simpatizantes inscritos o de lo contrario serán suspendidos. Seis organizaciones políticas no lo han logrado.

De ellos, el PLP es el partido que más lejos mira la meta mínima para poder participar. Estuvo suspendido hasta el 14 de enero por inamovilidad. No realizaba ninguna asamblea desde 2005. Sin embargo, a través de una resolución de la Corte de Constitucionalidad fue habilitado de nuevo. Desde el 15 al 26 de enero, pasaron de 11 mil 862 a 15 mil 450 afiliados, es decir, a un ritmo de 398 por día, impulsados sin duda por la invitación que hicieron a Zury Ríos.

Es un crecimiento importante, pero a ese ritmo será imposible llegar a tiempo para el lunes, y menos aún, si se cierra la recepción este viernes como lo ha anunciado el vocero del máximo ente electoral.

¿Por qué 22 mil 023 afilados exactos?

La cifra “mágica” de 22 mil 023 afiliados para poder participar no se dictó al azar; está basada en el artículo 19 de la Ley Electoral. En esta se indica que cada partido debe tener un número de afiliados que corresponda al 0.30% del padrón electoral y que de ellos, al menos el 50% sepa leer y escribir. 

El número total de personas aptas para votar es de 7.3 millones hasta el 31 de diciembre, número sobre el cual se basa el cálculo. La fecha límite para poder afiliar corresponde a tres meses antes de la convocatoria a elecciones que, según la Ley Electoral, debe ser el 2 de mayo.

Este es el artículo que define la cantidad de afiliados que necesita cada partido político para poder participar en el evento electoral. (Foto: Soy502)
Este es el artículo que define la cantidad de afiliados que necesita cada partido político para poder participar en el evento electoral. (Foto: Soy502)

Zury y la Constitución

Si por alguna razón, el PLP logra completar el número de afiliados, Ríos todavía enfrentaría un segundo obstáculo. El artículo 186 de la Constitución de la República se refiere a las prohibiciones para poder ejercer como Presidente. En su inciso a) dice que no podrán hacerlo los jefes de un Golpe de Estado y en el apartado c) hace referencia que tampoco podrán hacerlo los familiares en cuarto grado de consanguinidad de las personas que se refiere el primer inciso. 

Con ello, por ser hija de quien lideró el golpe de Estado de 1982, Efraín Ríos Montt, pesaría sobre ella la prohibición. Sin embargo, en este punto la opinión de los expertos es dividida. 

Para el abogado Alejandro Balsells, la prohibición está clara y si se toma literal, Ríos no puede participar. Sin embargo, matiza con que dependerá de la interpretación que le dé la Corte de Constitucionalidad. 

Mientras, para el constitucionalista Carlos Molina Mencos, el artículo no le concierne, pues se referiría solo a que el familiar estuviera ejerciendo la jefatura de facto en el momento de la elección. 

Este es el artículo de la Constitución que genera el debate sobre si Zury Ríos puede o no participar. (Foto: Soy502)
Este es el artículo de la Constitución que genera el debate sobre si Zury Ríos puede o no participar. (Foto: Soy502)

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