Llegó el momento de escoger a las personas que guiarán el destino del país durante los próximos cuatro años, pero esta fiesta cívica también tiene reglas que como ciudadano debes tomar en cuenta para no romperlas.
Las primeras están comprendidas en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, y además de lo que no deben hacer las agrupaciones, el Artículo 223 prohíbe la realización de campaña y las reuniones con fines proselitistas 36 horas antes de los comicios.
Una de las más sonadas es la denominada Ley Seca, que impide el expendio o distribución de bebidas alcohólicas y su consumo en espacios públicos desde las 12 horas del día previo a la Elecciones Generales, hasta las 6 horas del siguiente.
En el Código Penal también existe una sección para los delitos electorales en los que se comprenden sanciones económicas y prisión de 6 meses a 8 años para quien utilice la violencia, intimidación y la entrega de dádivas para influir o impedir un voto.
Asimismo, caerá en un delito electoral todo aquel que viole el secreto del voto, intente suplantar a otra persona, vote más de una vez o bien, atente contra el proceso.