Las discusiones sobre reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos continúan el trámite en la Asuntos Electorales y tras cinco días de análisis, ya hay dictamen favorablemente para 49 artículos de 75 que pretenden ser modificados.
Entre los avalados por la comisión se encuentran los polémicos artículos relacionados con la validez del voto nulo, límites a la reelección de diputados y alcaldes, la eliminación del transfuguismo de diputados y se modifica la fecha de convocatoria a elecciones. También se ha aprobado la parte que estipula la aplicación de multas de hasta 250 mil dólares a partidos por campaña anticipada así como sanciones a los medios de difusión involucrados.
Los diputados miembros de la comisión trabajan de la siguiente forma, leen la Ley vigente, la iniciativa 4783, las recomendaciones y artículos avalados por la Corte de Constitucionalidad (CC) sobre la iniciativa mencionada; la propuesta enviada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y lo obtenido por la mesa de trabajo instaurada por sociedad civil.
Artículos relevantes
La comisión dictaminó favorablemente por unanimidad la propuesta de reforma al artículo 88 promovida por el TSE, el cual detalla que se sancionaría con retirar de la contienda al partido que promueva campaña anticipada y sería multado el medio de comunicación que sirvió para difundirlo.
“El monto de las multas imponibles se contemplará entre el equivalente en moneda nacional, de 1 mil a 250 mil dólares dependiendo de la gravedad del hecho cometido (…) Las personas individuales o jurídicas que presten servicios a los partidos políticos que contravengan lo establecido en la presente ley, serán multadas”, señala el artículo.
Se reformaría el artículo 196 que detalla la fecha de la convocatoria a elecciones, la cual iniciaría a partir de la segunda semana de enero, al día siguiente inicia la fase de postulación e inscripción de candidatos.
La campaña electoral será de tan solo tres meses antes de la fecha en que se celebren las elecciones, la cual será establecida un domingo de junio y la segunda vuelta será para un domingo de agosto.
Pese a la fuerte discusión entre los legisladores y la negación de algunos sobre la aplicación del voto nulo, agregar el artículo 203 (BIS) “Efectos de la mayoría absoluta de votos nulos” recibió dictamen favorable para ser discutido en pleno.
La propuesta del TSE establece que para ser declarada nula una elección los votos nulos deberán ser mayoría, es decir más del 51% de los votos, pero no se agregó la propuesta de la Mesa Técnica que pidió una casilla de “Voto por Ninguno”, de esta cuenta la definición de qué es un voto nulo es muy ambigua, criticaron legisladores.
En este sentido, si se diera el caso de mayoría de voto nulo, la primera vuelta electoral se repetiría en octubre del mismo año electoral y la segunda vuelta en diciembre, según el artículo 196, modificado.
Otra de las propuestas que motivó una larga discusión entre los miembros de la comisión fue la reforma al artículo 205, cuya modificación agrega que los diputados que integren el Congreso podrán ser reelectos por un periodo legislativo. Esto aplicará también para alcaldes y se modificaría el artículo 206.
Además, se agregaría el artículo 205 (BIS) “Del Transfuguismo”, el cual define a aquel diputado que renuncia por un partido para ser agregado a otro; este será sancionado con la anulación de su participación en cargos dentro del Congreso, según la propuesta del TSE.
Se reformarían los artículos 98, 99 y 102 de la Ley actual que establecen la participación de los comités cívicos y detalla, de acuerdo con la propuesta del TSE, que podrán postular candidatos a alcaldes y diputaciones distritales.
También se modifica el artículo 122 de la Ley Electoral que incrementa el presupuesto del TSE, el cual pasa de ser el 0.5% del total del Presupuesto de Ingresos y Egresos, a ser el 1.5%.
Además, se le otorgan más dientes al TSE, que señala que sería totalmente autónomo, independiente y por consiguiente, no supeditado a organismo del Estado alguno.
Los diputados acordaron que se modifique el artículo 126, el cual habla sobre el nombramiento de la presidencia del TSE, la cual será rotativa de forma anual por cinco periodos iguales, y se comenzaría por el magistrado de mayor edad y en orden descendiente en edades.
La polémica, sin duda, fue cuando este tema salió a colación, la reforma al artículo 220 de la Ley Electoral, la cual busca que se haga una distribución equitativa de espacios y tiempos en los medios de comunicación social, cuya propuesta, la del TSE, detalla que será este ente el responsable de la contratación de la pauta.
En medio de la discusión, Mario Taracena, diputado de la UNE, propuso una nueva mucho más rígida y con menos presupuesto, pues propone que para este fin sean trasladados el 0.025% del Presupuesto General de Ingresos y Egresos, lo cual sería alrededor de 100 millones de quetzales.
Pero, pese a lo insuficiente que podría ser, la propuesta obligaría a los medios de comunicación a reducir la tarifa y esta sería de un 10% de lo que cobran en su pauta comercial. “Tengamos suficiente fortaleza para cambiar esto, para eliminar el monopolio”, dijo mientras resaltó que dicha propuesta elimina las donaciones a partidos por medio de pauta publicitaria.
Esta propuesta no fue aprobada aún, pues la discusión hizo que los diputados murmuraran entre ellos y decidieron concluir el tema en la próxima sesión.