En diversas ocasiones, el jefe de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), Iván Velásquez, ha reiterado su convicción de que Guatemala necesita una reforma constitucional efectiva para el sector justicia.
No obstante, previo a esa reforma, los actores políticos y sociales deberán dialogar y llegar a un consenso en el recién iniciado Diálogo Nacional.
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Para que se cumpla el objetivo final de modificar el texto constitucional de 1986, el propio código define dos vías: la consulta popular y la asamblea constituyente.
Según Lorena Escobar, coordinadora del área jurídica de Asies, el Congreso juega "un papel protagónico, pero la población es uno de los factores principales".
"Por el momento, lo que se asegura es el compromiso del presidente del Congreso, Mario Taracena, para promover la discusión en el pleno", explicó Escobar.
El proceso
Dentro del Congreso, Taracena explicó que lo primero es dejar que el diálogo camine. Después, se preparará un documento final que llevará la firma de los tres presidentes de los poderes del Estado y que será presentado en el hemiciclo. "Los tres gozamos de iniciativa de ley y eso le va a dar más fuerza", señaló el diputado.
Para modificar la Carta Magna se requiere el voto de dos tercios de los diputados al Congreso. Una vez aprobada la reforma por el Congreso, ésta debe ser ratificada por una consulta popular.
Además, adelantó que cerca del 20 de mayo comenzarán a programar en agenda las reuniones de la mesa técnica del diálogo con las diferentes bancadas, para tener un acercamiento y ubicar qué es lo que se va a hacer de trabajo.
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La Consulta Popular
La mesa técnica tiene programado que entregarán el documento final las últimas semanas de agosto. Luego de que el pleno del Congreso evalúe las reformas, estas no entrarán en vigencia hasta que sean ratificadas mediante consulta popular, tal y como dice el artículo 173 de la Constitución.
Según explicó Escobar, los articulos serán mediados para que la población pueda comprenderlos.
Si el resultado es ratificado por la población, entrará en vigencia 60 días después de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) anuncie el resultado de la consulta popular.