En el último mes, tres empresas han sido intervenidas por evasión fiscal con el propósito de recuperar los montos millonarios defraudados al fisco y para ello un juez nombra a un delegado para que administre los movimientos financieros de las compañías.
En el caso de Aceros de Guatemala, el interventor es el también docente universitario Rolando de Jesús Oliva; en tanto que para las Farmacias Galeno y de la Comunidad, es Ramón Estuardo Ávila, quien durante las elecciones de 2015 buscó postularse como alcalde de Santa Catarina Pinula por el partido Patriota, pero finalmente no figuró en las papeletas.
Pero, ¿cómo son seleccionadas las personas que fungirán como interventores? y ¿Cómo es que no sucedió esto en los años anteriores?
Querella penal
El primer paso para que pueda darse una intervención y el nombramiento de un interventor es que exista una querella penal contra un contribuyente por defraudación.
Según el titular de la Fiscalía de Delitos Económicos, Andrei González, el Ministerio Público y la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) deben acordar una audiencia para solicitar medidas precautorias y en ella se justifica la necesidad de decretar una intervención.
Tras la diligencia de un órgano jurisdiccional se deben decretar las medidas precautorias que pueden consistir en el arraigo de los propietarios y representantes legales, el embargo de cuentas y la intervención de la empresa.
Selección del interventor
Luego se hace un listado de algunos de los auditores o supervisores contratados por la SAT a través del renglón 029 que podrían cumplir la función y se entrega al Juzgado junto con los currículos de los profesionales, para que éste decida quién será el interventor.
La asignación de un interventor tiene fundamentos, entre otras normativas, en el Artículo 170 del Código Tributario y en el 529 del Procesal, Civil y Mercantil.
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